Español English
Inicio -> Noticias


Tráfico debe descontar el margen de error de los radares en las multas

Tráfico debe descontar el margen de error de los radares en las multas 21/01/2016

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla-La Mancha rechaza la afirmación de la Dirección General de Tráfico (DGT), que sostiene que "al plasmarse la velocidad infractora en el correspondiente boletín, la deducción de margenes de error ya está hecha, ajustándose a lo que establecen las normas de control y las verificaciones periódicas". El TSJ establece que el argumento "sólo tendría credibilidad si a la fotografía del vehículo en cuya parte superior aparece la pantalla del cinemómetro donde se plasma la velocidad detectada, se le restasen los márgenes del cinco o siente por ciento reglamentarios".

 

La sentencia, de 23 de noviembre de 2015, subraya que los márgenes de error cuestionan la fiabilidad de las mediciones hasta donde llega dicho margen. El TSJ resuelve anula así la multa impuesta a un conductor por circular a 113 kilómetros por hora, en un límte 80. El tribunal considera que no se corresponde con los márgenes de error. "La infracción no puede entenderse cometida al ser la velocidad a la que circulaba inferior a la contemplada en la denuncia por la que se le impuso la sanción", señala.

 

El magistrado Narváez Bermejo, ponente del fallo, concluye que "la velocidad fidedigna que sale en la pantalla del cinemómetro no es la real sino dentro de los límites del error admitidos". El fallo añade, además, que "es lógico suponer que no existe una programación de los aparatos para que lleven inserto en sus calculos tales márgenes, cuando se les permite funcionar con ellos, o por lo menos esa corrección no consta".

 

En este sentido, apunta que "la consecuencia debe ser, pues, que si a esa velocidad de la pantalla no se le ha detraido el margen de error tolerable, el interesado y en este caso el Tribunal debe hacerlo por permitírselo la norma". Automovilistas Europeos Asociados (AEA) alerta que, desde hace más de cinco años, la DGT está imponiendo sanciones por encima de la ley.

 

Fuente: El Economista 11/01/2016






Volver

Agenda Marzo - 2024

L M X J V S D
    

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

24

25

26

27

28

29

30

31

<<   >>




Siguenos a través de:


Plataforma Localización
AecaRent  Sotware para la Gestión de Rent a Car

Boletin Mensual

A.E.C.A. - Avda. García Morato, 50 (Ctra. Aeropuerto) - Edf. Check Point, 2ª Planta, 8-A. 29004 Málaga. Tfno: 952 240 542 Móvil: 673 002 499 e-mail: info@aecarent.com

Aviso legal | Política de privacidad | Política de cookies